Hermosillo, Sonora.- Mediante un programa
de regularización de desarrollos campestres que operan sin contar con la
autorización del Ayuntamiento, alrededor de 35 mil familias podrán tener
certeza jurídica, anunció la síndica municipal, Zaira Fernández Morales.
Explicó que es un programa con vencimiento
hasta el 31 de diciembre de 2022 en el que se convoca a los desarrollares a que
se acerquen a Sindicatura a la inscripción y después se pasará al área de
validación técnica y administrativa con las dependencias encargadas, como
Implan y CIDUE.
Fernández Morales comentó que el programa fue
autorizado por Cabildo en abril y publicado en el Boletín Oficial del Gobierno
del Estado el pasado 12 de mayo; y mencionó que existen 17 desarrollos
totalmente regulados, alrededor de 35 que tienen la propiedad privada y pueden
desde ya empezar el proceso de regularización.
Están otros que la calidad de la tierra es
ejidal en lo que el Ayuntamiento, hasta este momento, no puede ser parte de la
regularización, indicó, pero harán las gestiones necesarias con el Registro
Agrario Nacional, con SEDATU y con el Gobierno del Estado para que los
ejidatarios, a través de su asamblea, puedan dar la propiedad privada y el
Ayuntamiento los pueda regular.
La funcionaria comentó que personal de
Sindicatura dotará al ciudadano que desee tener información sobre cuáles
desarrollos están en proceso de regularización y cualquier dato adicional para
la mejor toma de decisiones, antes de adquirir algún terreno campestre.
“Esta rueda de prensa es para invitar y
exhortar a los desarrollos campestres a que se acerquen a Sindicatura para ir
de mano encaminados a que lleguen al proceso final para que puedan tener de
forma de poderle titular y escriturar a cada uno de los hermosillenses que han
adquirido de buena fe estos lotes campestres”, expresó.
Alejandro García Rosas, procurador urbano y del
espacio público de la dependencia, dijo que algunos de los requisitos para la
inscripción son copia de identificación oficial del propietario del desarrollo;
domicilio convencional dentro del casco urbano; y manifestación de intención y
voluntad para sujetarse al programa en sus términos y obligaciones.
Además, plano de localización del predio;
escritura o título de propiedad, certificado de libertad de gravamen; plano
preliminar de lotificación,; relación de contratos privados de compraventa
celebrados, o cualquier otra figura que se la haya dado, celebrados del
propietario con particulares adquirientes de lotes.