Hermosillo.- Del 1 al 20 de diciembre, las
empresas están obligadas a entregar el pago del aguinaldo a sus empleados como
una de las prestaciones de ley a la que tienen derecho a final de año, indicó
Francisco Javier Mejía Cisneros.
El abogado en asuntos laborales dijo que se
debe entregar como mínimo 15 días de salario por un año trabajado y en caso de
tener menos tiempo en el centro de trabajo, se calcula la parte proporcional
para entregar de este derecho laboral.
“Entendemos que a veces puede haber casos en
los cuales el empresario por distintas razones puede retrasarse y entonces ahí,
yo creo que lo conveniente es diferenciar porqué razón el patrón se está
atrasando y, obviamente, los trabajadores saben si es justificado o
injustificado”.
En caso de que no se entregue esta prestación a
los trabajadores y no haya justificación razonable por parte de los patrones,
los afectados pueden acudir a la inspección del trabajo después de tratar de
dialogar con los jefes.
“La primera opción es platicar con su patrón y
pedirle que cumpla con su prestación a la que él tiene derecho, es como pedirle
el salario de la semana, lo primero que vas a hacer es ir a pedirlo, si no te
lo dan o no te dan una explicación justa y correcta, pues lo segundo que pasas
a hacer es ir a la inspección del trabajo”.
Una vez que se interpone la queja ante la
justicia laboral, se requiere al patrón que cumpla con este derecho al
trabajador, y en el supuesto de negativa el empleado podrá terminar la relación
laboral con la empresa y exigir pago por indemnización que representa tres
meses de salario y la aportación de todas las prestaciones devengadas.